sábado, 23 de julio de 2016



¡ HOLA   A TODOS !


Hemos agregado nuevos gadgets para que puedas tener un mejor manejo de nuestro blog. 

Este fue pensado en las visitas de las persona hispanohablantes por lo cual la información estaba limitada a un solo idioma. Pero a partir de hoy, tendrás posibilidad de realizar la traducción de la información publicada en al idioma que desees así, no solo las personas que hablan español podrán enterarse de lo que pasa en él sino todas aquellas personas que hablen otro idioma y que se muestren interesadas en nuestros temas.


También decidimos crear un espacio para ampliar nuestra información de manera visual y entretenida así tu podrás construir tus propias opiniones sobre los temas teniendo en cuenta diferentes perspectivas a partir de cine como fuente de investigación e información por esta razón encontraras algunas listas con películas recomendadas en relación a los temas publicados en blog.

Esperamos que las disfrutes.













                                          
EL ABORTO EN COLOMBIA  


El aborto en Colombia fue despenalizado mediante la Sentencia de la Corte Constitucional colombiana C-355 de 10 de mayo del 2006, a raíz del caso de Marta Sulay Gonzales en tres situaciones específicas.

"...no se incurre en delito de aborto, cuando con la voluntad de la mujer, la interrupción del embarazo se produzca en los siguientes casos: (I) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico; (II) Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico; y, (III) Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto."


La pena en Colombia por la práctica del aborto, en los casos no despenalizados por la Corte Constitucional y según el artículo 122 del Código Penal colombiano es: "La mujer que causare su aborto o permitiere que otro se lo cause, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses. A la misma sanción estará sujeto quien, con el consentimiento de la mujer, realice la conducta prevista en el inciso anterior"




1.    ¿DE QUE SE TRATA EL ABORTO? 

Cada vez que se habla de él, la discusión se orienta más hacia los conceptos morales que hacia la realidad que se está viviendo. Lo cierto es que aunque muchos pretenden negarlo, el aborto se convirtió en una verdad clandestina imposible de tapar con las manos. A pesar de que no existen cifras oficiales, se calcula que en el país se realizan alrededor de 400.000 abortos al año. Un promedio de 45 por hora.

Y lo más grave no es el número de casos, sino que muchas mujeres continúan muriendo por esta razón. El aborto es la tercera causa de mortalidad y morbilidad materna a nivel nacional, y si se observan casos específicos la situación es todavía peor. Alrededor del 20 por ciento de las colombianas en edad fértil -es decir, cerca de un millón y medio han abortado por lo menos una vez. Se trata de mujeres de todas las edades y clases sociales. Aunque lo más frecuente es que sean jóvenes de 16 a 27 años, en las menores de 15 el aborto también está presente e incluso es la cuarta causa de hospitalización.      

2.    ¿DESDE CUANDO SE INICIO El ABORTO?
En el año 2006 y como resultado de una acción de in-constitucionalidad en contra del Código Penal Colombiano [4], la Corte Constitucional declaro la exequibilidad condicionada de las normas que penalizaban de manera absoluta el aborto en Colombia, es así como profirió la Sentencia C-355 de 2006 [5].


3. ¿QUIENES SON LOS PROTAGONISTA DEL ABORTO ? (QUIENES ESTÁN INVOLUCRADOS Y PORQUE )

Muchas veces pensamos que el aborto solamente afecta al niño y levemente a la madre, pero no es así, en tercer lugar vemos que el aborto también afecta a los "MÉDICOS" ABORTANTES, que por dinero o por hacer un "favor" a la paciente efectúan el aborto, sin duda queda bajo el inminente juicio de Dios, como homicidas, y sufren en sí mismos la muerte espiritual y más aún, la cauterización de la conciencia, que los hace lentamente llegar a la deshumanización total, quien provoca el aborto será el sujeto activo, la madre misma por aborto auto provocado, el sujeto pasivo es el feto


4.    A LA FECHA ¿COMO HA AVANZADO EL TEMA EN NUESTRO PAÍS?

La despenalización del aborto en Colombia contempla tres situaciones excepcionales donde se consideran vulnerados los derechos de las mujeres, sin embargo se mantiene un marco legal restrictivo que aun impide a miles de ellas acceder a servicios legales, seguros y de calidad. Estas normas continúan siendo discriminatorias pues generan un trato diferenciado dentro de la población, que aunque justificado jurídicamente en la ponderación de los derechos fundamentales, impide que muchas mujeres puedan acceder a servicios que solo ellas necesitan.
•Persisten las interpretaciones restrictivas por parte de funcionarios públicos sobre el contenido de la sentencia; aún más en un ambiente de incertidumbre debido a la suspensión temporal de las normas reglamentarias y la interpretación que se hace de ella, lo que ha ocasionado graves confusiones entre los proveedores de servicios, funcionarios públicos y mujeres en general.

Las normas reglamentarias no han sido suficientes para atacar de fondo los obstáculos de acceso a los servicios, elementos a considerar como la prevención, la información adecuada, integral y oportuna son subvalorados en la aplicación de las rutas de acceso. No existe protocolización para la protección de las mujeres frente al aborto provocado en condiciones de riesgo.


A través de la vía legislativa se han intentado desmontar los derechos adquiridos con la promulgación de la Sentencia C355 de 2006. Esto junto con la incidencia de algunos sectores de la iglesia católica y otras instituciones religiosas sobre la agenda legislativa ponen en grave riesgo la laicicidad del Estado colombiano.