EL ABORTO EN COLOMBIA

El aborto en Colombia fue despenalizado mediante la Sentencia
de la Corte Constitucional colombiana C-355 de 10 de mayo del 2006, a raíz del
caso de Marta Sulay Gonzales en tres situaciones específicas.
"...no
se incurre en delito de aborto, cuando con la voluntad de la mujer, la
interrupción del embarazo se produzca en los siguientes casos: (I) Cuando la
continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la
mujer, certificada por un médico; (II) Cuando exista grave malformación del
feto que haga inviable su vida, certificada por un médico; y, (III) Cuando el
embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva
de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación
artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de
incesto."
La pena en Colombia por la
práctica del aborto, en los casos no despenalizados por la Corte Constitucional
y según el artículo 122 del Código Penal colombiano es: "La mujer que causare su aborto o permitiere que otro se lo cause,
incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses. A la
misma sanción estará sujeto quien, con el consentimiento de la mujer, realice
la conducta prevista en el inciso anterior"
1. ¿DE QUE SE TRATA EL ABORTO?
Cada vez que se habla de él,
la discusión se orienta más hacia los conceptos morales que hacia la realidad
que se está viviendo. Lo cierto es que aunque muchos pretenden negarlo, el
aborto se convirtió en una verdad clandestina imposible de tapar con las manos.
A pesar de que no existen cifras oficiales, se calcula que en el país se
realizan alrededor de 400.000 abortos al año. Un promedio de 45 por hora.
Y lo más grave no es el
número de casos, sino que muchas mujeres continúan muriendo por esta razón. El
aborto es la tercera causa de mortalidad y morbilidad materna a nivel nacional,
y si se observan casos específicos la situación es todavía peor. Alrededor del
20 por ciento de las colombianas en edad fértil -es decir, cerca de un millón y
medio han abortado por lo menos una vez. Se trata de mujeres de todas las
edades y clases sociales. Aunque lo más frecuente es que sean jóvenes de 16 a
27 años, en las menores de 15 el aborto también está presente e incluso es la
cuarta causa de hospitalización.
2. ¿DESDE CUANDO SE INICIO El ABORTO?
En el año 2006 y como
resultado de una acción de in-constitucionalidad en contra del Código Penal
Colombiano [4], la Corte Constitucional declaro la exequibilidad condicionada
de las normas que penalizaban de manera absoluta el aborto en Colombia, es así
como profirió la Sentencia C-355 de 2006 [5].
3.
¿QUIENES SON LOS PROTAGONISTA DEL ABORTO ? (QUIENES ESTÁN INVOLUCRADOS Y PORQUE
)
Muchas veces pensamos que el
aborto solamente afecta al niño y levemente a la madre, pero no es así, en
tercer lugar vemos que el aborto también afecta a los "MÉDICOS"
ABORTANTES, que por dinero o por hacer un "favor" a la paciente
efectúan el aborto, sin duda queda bajo el inminente juicio de Dios, como
homicidas, y sufren en sí mismos la muerte espiritual y más aún, la cauterización
de la conciencia, que los hace lentamente llegar a la deshumanización total,
quien provoca el aborto será el sujeto activo, la madre misma por aborto auto
provocado, el sujeto pasivo es el feto
4. A LA FECHA ¿COMO HA AVANZADO EL TEMA EN
NUESTRO PAÍS?
La despenalización del
aborto en Colombia contempla tres situaciones excepcionales donde se consideran
vulnerados los derechos de las mujeres, sin embargo se mantiene un marco legal
restrictivo que aun impide a miles de ellas acceder a servicios legales,
seguros y de calidad. Estas normas continúan siendo discriminatorias pues
generan un trato diferenciado dentro de la población, que aunque justificado
jurídicamente en la ponderación de los derechos fundamentales, impide que
muchas mujeres puedan acceder a servicios que solo ellas necesitan.
•Persisten las
interpretaciones restrictivas por parte de funcionarios públicos sobre el
contenido de la sentencia; aún más en un ambiente de incertidumbre debido a la
suspensión temporal de las normas reglamentarias y la interpretación que se
hace de ella, lo que ha ocasionado graves confusiones entre los proveedores de
servicios, funcionarios públicos y mujeres en general.
Las normas reglamentarias no
han sido suficientes para atacar de fondo los obstáculos de acceso a los
servicios, elementos a considerar como la prevención, la información adecuada,
integral y oportuna son subvalorados en la aplicación de las rutas de acceso.
No existe protocolización para la protección de las mujeres frente al aborto
provocado en condiciones de riesgo.
A través de la vía
legislativa se han intentado desmontar los derechos adquiridos con la
promulgación de la Sentencia C355 de 2006. Esto junto con la incidencia de
algunos sectores de la iglesia católica y otras instituciones religiosas sobre
la agenda legislativa ponen en grave riesgo la laicicidad del Estado
colombiano.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario